Un juzgado de León condena a Bankia a devolver 6.000 euros a una jubilada

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El Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de León, obliga a Bankia a devolver los 6.000 euros que una profesora jubilada, clienta de la entidad, invirtió en la Oferta Pública de Suscripción de Acciones (OPS) de Bankia en 2011.

La novedad de la sentencia radica en que se ha reconocido el error padecido por la demandante, que consintió la adquisición de las acciones en base a la información recibida de la Entidad demandada. Por este motivo la demandante no solo recuperará los 6.000 € invertidos, sino que además Bankia esta obligada al pago de los intereses legales desde la suscripción así como al de de las costas procesales.

Maria Cantalapiedra, Letrada del Despacho M.C. Abogados, que ha defendido el caso, señala que está especialmente satisfecha de esta sentencia, en la que la defensa de Bankia había mostrado una gran beligerancia, utilizando todas las argucias procesales en su mano, como dos recursos previos a que se celebrase el juicio, por prejudicialidad penal, que fueron desestimados por el mismo Juzgado, así como porque se daba la circunstancia de que la demandante pertenecía al segmento de Banca Personal de la Entidad. Servicio precisamente a través del cual, habían 'colocado' a la misma persona el resto de sus ahorros (que ascendían a una importante cantidad), en Participaciones Preferentes de Caja Madrid, por las que también este año y defendida por la misma letrada, había conseguido otra sentencia estimatoria, gracias a la que igualmente recupero la cantidad invertida en este producto complejo, junto con sus intereses legales, y con condena en costas a Bankia.

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